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viernes, 24 de diciembre de 2021

El trabajador sufre un retroceso

 

 


 

La ley de modificación del sistema de Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (ART) define una instancia médico-administrativa obligatoria previa a la acción judicial del trabajador que sufrió un accidente o padece alguna enfermedad vinculado a lo laboral. Esa etapa de evaluación depende directamente de las ART, por lo tanto rige un incentivo a minimizar y dilatar las indemnizaciones. El nuevo esquema no introdujo modificaciones sobre el limitado número de enfermedades laborales reconocidas por las ART, que es una de las principales causas de la litigiosidad. El Gobierno plantea que el régimen beneficia a las pymes, que suelen estar expuestas en términos económicos a los infortunios de salud que sufren los trabajadores en el ámbito laboral. La oposición al proyecto remarcó que los grandes ganadores son las propias ART en detrimento de los trabajadores.

La Ley de Riesgos del Trabajo fue gestada en pleno auge neoliberal y flexibilizador y cosechó innumerables cuestionamientos desde su entrada en vigencia en 1996. Las tachaduras de la Corte Suprema se manifestaron en un incremento de los juicios en la Justicia Laboral. Según datos oficiales, en 2015 se registraron 104.186 juicios laborales. Ese número se fue incrementando en los últimos años: en 2010 fueron 53.130 juicios; en 2011, 59.744; en 2012, 64.276; en 2013, 77.449 y en 2014, 84.454. Los juicios cada mil trabajadores cubiertos por el sistema de aseguradoras subieron de 7,1 en 2010 a 11,5 en 2015. El aumento de la cantidad de juicios contra las ART impacta en la prima que pagan las empresas. Los especialistas enfatizan que los juicios responden a un deficiente sistema de prevención de accidentes y enfermedades, algo que la ley no ataca en ningún modo.

 

La nueva ley repone la instancia obligatoria creada por la reforma de mediados de los noventa. El texto dice que, cumplido un plazo de sesenta días hábiles administrativos por parte de las comisiones médicas, los trabajadores quedarán habilitados a recurrir a la instancia judicial. Pero las empresas pueden pedir estirar el plazo y también apelar la decisión de las comisiones médicas con efecto suspensivo sobre la oferta inicial, lo que profundiza la situación de desprotección del trabajador. Además, la ley evita que los juicios del interior del país cursen en la Ciudad de Buenos Aires, un viejo anhelo de las ART.